25 Febrero 2016
La licencia de armas de Tipo E es el que necesitamos para poder utilizar las escopetas de caza en España. Por ello quizás es la licencia más demandada en España, aquí recopilaremos un poco de información acerca de este tipo de armas y los pasos para solicitar su licencia.
¿Que armas podemos tener con este tipo de licencia?
Según nos informan en la pagina web oficial de la Guardia Civil podemos tener armas de categoría 3 y 7. Como esto no dice mucho sobre el tipo de armas que podemos utilizar procedo a detallar de que estamos hablando:
Armas de categoría 3
1. Armas de fuego largas rayadas para tipo deportivo, de calibre 5,6 milímetros (22 americanos), de percusión anular, de un disparo, de repetición o semiautomáticas.
2. Escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra.
3. Armas accionadas por aire u otro gas comprimido, sean lisas o rayadas, siempre que la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 julios.
Esta es por llamarla la categoría deseada por prácticamente la totalidad de cazadores orientados a la caza menor, así como los que practican el tiro deportivo.
Armas de categoría 7:
1. Armas de inyección anestésica capaces de lanzar proyectiles que faciliten la captura o control de animales, anestesiándolos a distancia durante algún tiempo.
2. Las ballestas.
3. Las armas para lanzar cabos.
4. Las armas de sistema Flobert (utilizan como propelente del proyectil sólo la carga de fulminante de un pistón y por ello con menor potencia que otros tipos de armas de fuego).
5. Los arcos, las armas para lanzar líneas de pesca y los fusiles de pesca submarina que sirvan para disparar flechas o arpones, eficaces para la pesca y para otros fines deportivos.
6. Los revólveres o pistolas detonadoras (las de fogueo) y las pistolas lanza bengalas.
A continuación, nos dedicamos a recopilar toda la documentación necesaria para poder presentarnos a las pruebas de capacitación. Estos documentos son los siguientes:
-Certificado de antecedentes penales: este impreso se compra en cualquier estanco. Se rellena debidamente y se lleva a la Gerencia de Justicia de tu ciudad para que lo legalicen. La Guardia Civil también puede conseguirte el certificado de antecedente penales, aunque el proceso en ese caso puede retrasarse varios días.
-DNI original y dos fotocopias sin recortar.
-Licencia de Caza o Licencia Federativa: en este caso, el futuro titular de la licencia de caza debe darse de alta en la Federación que le corresponda. Para ello, debe abonar una cuota anual.
–Certificado médico psico-físico: Este certificado se obtiene en cualquier centro especializado de la provincia donde resida el futuro titular. Para conseguirlo, el interesado debe llevar una foto tamaño carné, superar las pruebas psico-físicas y abonar el correspondiente importe.
Una vez recopilados todos estos documentos, el futuro titular deberá volver a la Intervención de Armas y entregar toda la documentación junto con 3 sobres con sus correspondientes sellos y con su dirección. A partir de entonces, y según lo que establece la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Reglamento de Armas, se abre un plazo máximo de 3 meses para obtener la licencia. Durante ese período se realizan los dos exámenes (teórico y práctico).
Los exámenes
El último paso para obtener la licencia E es superar un examen teórico-práctico que se realiza en dos fases. En primer lugar, el aspirante a conseguir la licencia debe enfrentarse a una prueba teórica con cuestiones relacionadas con el conocimiento de las armas y del Reglamento de Armas. Este examen consta de 20 preguntas, obtenidas de un temario con cerca de 400 posibles cuestiones, y cada una de ellas presenta 3 posibles respuestas. Para superarlo, el examinado deberá contestar correctamente al menos 16 preguntas.
Una vez aprobada la fase teórica, llega el turno de la prueba práctica. En este caso, se trata de efectuar dos disparos sobre una diana de 50cm de diámetro colocada a una distancia de 25 metros. Antes de efectuar los dos disparos, el examinado debe montar y desmontar el arma, cargarla y descargarla, demostrando a las autoridades que está perfectamente capacitado para utilizar una escopeta. Para acceder al arma con la que se realiza el examen práctico, el aspirante puede ir acompañado de una persona con la licencia de armas que le prestará su escopeta, o bien puede apuntarse a un centro de formación para futuros tiradores.
En el momento en el que se aprueba el examen práctico, el aspirante obtiene la licencia de armas, aunque esto no implica que ya esté autorizado a portar y utilizar armas. En este sentido, el nuevo titular debe esperar a que la Intervención de Armas tramite definitivamente su licencia, un proceso que puede alargarse durante varias semanas.
Diana Garcia
Médico de Certimedic
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