¿Qué pasa si tengo problemas oculares a la hora de renovarme el carnet de conducir?

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Problemas oculares para renovar el carnet de conducir

Son miles de conductores, los que anualmente se someten a operaciones para corregir defectos de la visión, como miopías, astigmatismos, hipermetropías y cataratas, entre otras.

Es necesario saber, que la revisión oftalmológica previa a la obtención o renovación del carnet de conducir determinará la necesidad o no de gafas para conducir, así como también la duración del permiso.  Debe tomarse en cuenta varios factores como la edad, el tipo de enfermedad ocular y el tiempo de padecerla.

Si hablamos particularmente de la revisión oftalmológica de una persona que sufre  cataratas, preferimos en todo caso, que si es  joven y  lleva gafas, y está esperando ser sometido a una operación (afaquia/ pseudoafaquia) debería esperar un tiempo prudencial posterior a la cirugía (promedio 2 meses) para ser evaluado y determinar si necesita o no seguir llevando las gafas.

Si se trata de una persona mayor, con cataratas y otro tipo de enfermedad ocular adicional (miopía, astigmatismo, presbicia), puede someterse a una revisión ocular y si se determina que la capacidad visual entra en los rangos aceptables, puede extendérsele el apto para renovar su carnet de conducir por el periodo de un año, según como lo estipula la ley de Tráfico.

gafas para renovarse el carnet de conducir

En todo caso, debe evaluarse a cada persona en forma particular, ya que el historial de cada una puede variar. No obstante es aconsejable, que se someta a revisiones oftalmológicas anuales para verificar que la graduación ocular de las gafas es la que realmente necesita, ya que no siempre, porque la persona haga el examen con ellas, es considerada apta, quizás porque no se ha sometido a una revisión oftalmológica reciente y la graduación de las gafas no corrige el defecto de visión.

Haciendo énfasis en que toda cirugía ocular debe esperar al menos 2 meses de recuperación para luego someterse a la revisión oftalmológica. Antes de este tiempo no se considerará apto para conducir, ya que aun la visibilidad no es óptima, así lleve o no gafas, consideración que también dicta la Ley de tráfico.

 

Cualquier consulta que se desee realizar, lo pueden hacer a través de nuestra página, trataremos de darle respuestas a sus preguntas y aclarar cualquier tipo de duda, de la manera más rápida y profesional.

 

Gabriela Auceda

Médico General

No. Col. 46778

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