¿Qué requisitos se precisan para la obtención del PNB?

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En este artículo nos referiremos al título náutico conocido como PNB, que conforma, junto con el PER (Patrón de Embarcaciones de Recreo), el PY (Patrón de Yate) y el CY (Capitán de Yate), los títulos náuticos homologados por el Ministerio de Fomento.

Aunque pueda parecer, que con las siglas PNB nos estemos refiriendo al Producto Nacional Bruto, nada más lejos. Con dichas siglas nos estamos refiriendo al Título de Patrón de Navegación Básica. Dicho título permite manejar embarcaciones de recreo de hasta 8 metros de eslora si son de vela y hasta 7,5 metros de eslora si son de motor, con la potencia de motor adecuada a la misma, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas, en cualquier dirección, de un abrigo. Además, podrán gobernar motos náuticas.

Certificado médico PNB titulo náutico

Las condiciones para la obtención del PNB son las siguientes:

1. Haber cumplido 18 años de edad, o 16 años con consentimiento paterno o de tutor.

2. Aprobar el examen teórico correspondiente.

3. Aprobar el examen práctico o haber realizado las prácticas de seguridad y de navegación, cuya duración no podrá ser inferior a 12 horas.

4. Superar un reconocimiento médico donde se acredite que reúne las condiciones psicofísicas establecidas en la Resolución del 11 de enero de 2010 de la DGMM en aplicación de la Orden FOM/3200/2007.

5. Realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones, cuya duración no podrá ser inferior a 2 horas, que se realizarán en tierra, en un simulador homologado de una escuela.

Certificado médico PNB titulo náutico

Los puntos 2, 3 y 5 se pueden realizar en las escuelas de capacitación náuticopesqueras homologadas por la Generalitat. Es importante resaltar que la condición que más nos atañe a los Centros de Reconocimientos Médicos es la número 4, ya que, a partir de la aplicación de la Resolución del 11 de enero de 2010 de la DGMM (Dirección General de la Marina Mercante, dependiente del Ministerio de Fomento), se requiere que la acreditación de la aptitud psicofísica para el manejo de embarcaciones de recreo sea realizada por dichos Centros de Reconocimientos Médicos homologados por Sanidad.

Las pruebas consistirán en una exploración médica, y en la aplicación de tests psicotécnicos. Los Centros Médicos de Reconocimientos deben confeccionar una historia clínica, en la que se anotarán los resultados de las exploraciones, de acuerdo con el cuadro de enfermedades y deficiencias que son causa de denegación o de establecimiento de adaptaciones en la embarcación o de condiciones restrictivas para la navegación, y que será firmada por cada facultativo con su informe parcial.

Como conclusión, cabe señalar que, a la vista de dichos resultados, el director del Centro Médico de Reconocimientos emitirá el informe en un impreso, que llevará una fotografía reciente del interesado, sobre la que se estampará el sello del Centro Médico y la firma del Director.

 

Certificado médico para el PNB

 

Manuel Escriche.

 Colegiado 11341

 

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