Si estás buscando nuevas salidas laborales, nuevos horizontes y nuevas posibilidades de crecimiento profesional… Y si siempre ha despertado tu interés el trabajo que desempeña el personal de Seguridad Privada, este artículo te aclarará algunas dudas.
Hoy queremos responder a la pregunta sobre aquellas funciones querealiza el personal de seguridad privada.
Según la Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada, se considera Personal de Seguridad Privada a:
- Vigilantes de seguridad:
quienes tienen como función cumplir tareas de vigilancia y protección, controles de identidad, y la de participar en la evitación de actos delictivos o infracciones administrativas. En las centrales receptoras de alarmas: se ocupan de la verificación del personal y de dar respuesta a las señales de alarma.
- Escoltas Privados:
Desempeñan tareas de acompañamiento, defensa y protección de personas o grupos. Su función es impedir que los mismos sean objeto de agresión o de actos delictivos.
- Guardias rurales:
Realizan actividades similares a las de los vigilantes de seguridad, aunque se caracterizan por hacerlo en fincas rústicas, instalaciones agrícolas, industriales o comerciales, dentro de las mismas. Hay dos grupos: guardas de caza y guardapescas marítimos.
- Jefes de seguridad:
Desarrollan el análisis de situaciones de riesgo, planificación y programación de actuaciones de los servicios de seguridad. Se ocupan de la organización, dirección e inspección del personal, y de la supervisión de las actuaciones. Se encargan de la formación permanente del personal y de promover las buenas colaboraciones con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como de la dirección de los ejercicios de tiro, cuando el personal esté habilitado para ello.
- Directores de seguridad: Tienen funciones de organización, dirección, inspección y administración de los servicios, y recursos de seguridad privada disponibles. Así como la identificación, análisis y evaluación de situaciones de riesgo que puedan afectar a la vida e integridad de las personas y del patrimonio. En comunicación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad respecto de la seguridad integral de la entidad, empresa o grupo empresarial para quien se encuentre contratado.
- Detectives de Seguridad: Realizan averiguaciones necesarias para la obtención y aportación de información y pruebas sobre conductas o hechos privados relacionados con el ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y la vida personal, familiar o social, a excepción de la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados. Confeccionar informes de investigación, colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, cuando sus actuaciones profesionales se encuentren relacionadas con hechos delictivos o que puedan afectar la seguridad ciudadana. Cuando desempeñen estas tareas, su ejercicio no será compatible con funciones del resto del personal de seguridad privada, ni con funciones del servicio de cualquier Administración Pública
Para mayor información sobre el tema, podéis consultar nuestro artículo en el blog de Certimedic, sobre la Ley 5/2014, del 4 de abril: Nuevo marco de regulación de la seguridad privada.
Esperamos que esta información haya sido de vuestro interés y que nos veamos pronto en nuestro centro de reconocimientos médicos para la obtención de Certificados Médicos en Barcelona.
Bárbara Feyling
Psicóloga en Certimedic
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